Ley Gratuidades Libros de Texto: Comunicado Dirección Área educativa
Estimadas familias:
Como seguramente ya sabéis, la Asamblea de Madrid aprobó definitivamente, en Octubre de 2017, la Ley de Gratuidad de Libros de Texto y Material Curricular (LEY 10/2017, de 31 de octubre, de modificación de la Ley 7/2017, de 27 de junio, de Gratuidad de los Libros de Texto y el Material Curricular de la Comunidad de Madrid). Esta ley supone, en realidad, el establecimiento de un sistema de préstamo de libros durante cuatro años para cada nivel educativo.
No obstante, mediante una resolución posterior (Resolución del Director General de Becas y Ayudas al Estudio por la que se dictan Instrucciones para la aplicación en el curso 2018-2019 del procedimiento de gestión del Programa de préstamo de libros de texto y material didáctico en centros docentes sostenidos con fondos públicos) se estableció que a lo largo del curso 18/19 no se produciría una implantación generalizada. En el próximo curso 18/19, tal como se establece en la ORDEN 1426/2018, de 18 de abril, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se modifica la Orden 9726/2012, de 24 de agosto, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se establece el procedimiento de gestión del programa de préstamo de libros de texto y material didáctico en centros docentes sostenidos con fondos públicos, sólo resultarán beneficiarios de este sistema de préstamo:
— Alumnos tutelados por la Comunidad de Madrid en régimen de acogimiento residencial.
— Familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción.
— Familias en situación de intervención social por los Servicios Sociales.
— Alumnos con la condición de víctima de violencia de género.
— Alumnos beneficiarios de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades.
— Alumnos con la condición de víctima del terrorismo.
— Familias con una renta per cápita familiar inferior a la cuantía fijada a los efectos de la determinación del precio reducido del menú escolar en las correspondientes órdenes de la Consejería competente en materia de educación por las que se establecen los precios del menú escolar en los centros docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.
Además, Para el alumnado con necesidades educativas especiales, diagnosticado como tal, que esté cursando alguna de las enseñanzas señaladas en el apartado anterior, en centros sostenidos con fondos públicos y que en lugar de libro de texto utilice un material curricular adaptado a sus necesidades individuales, se asignará la dotación anual que se determine para la adquisición de dicho material.
En los centros de FUHEM (Hipatia, Lourdes y Montserrat) hemos enviado una solicitud de adhesión al Programa y una relación del alumnado que entendemos que puede quedar amparado en esta medida para el próximo curso 18/19. Si embargo, no tenemos todavía ninguna confirmación sobre el crédito que van a asignarnos y mantenemos, como casi todos los centros de la Comunidad de Madrid, un sinfín de dudas que la propia Comunidad no ha sabido aclarar y que está produciendo un enorme malestar.
Además de pediros disculpas por este galimatías y trasladaros nuestro estupor por cómo se están desarrollando las cosas, concluimos con algunas ideas que pueden orientaros:
- En el próximo curso sólo serán beneficiarios del programa los alumnos y alumnas consignados arriba.No habrá, por tanto, préstamo generalizado para el resto del alumnado, que seguirá funcionando como hasta ahora.
- Tenemos muchas dudas sobre qué van a financiar y, sobre todo, qué asignaciones fijarán para el alumnado con Necesidades Educativas Especiales.
- En los próximos cursos (a partir del 19/20), se irán incorporando al programa sólo algunos cursos (no todos), por lo que seguirá habiendo alumnado que no se beneficie del programa hasta dentro de varios años.
Nos gustaría poder ofreceros más información, pero es ésta la que podemos trasladar hasta ahora. Si se producen novedades, os informaremos.
Víctor Manuel Rodríguez Muñoz
Director del Área Educativa de FUHEM