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NUEVO PROCEDIMIENTO BECAS COMEDOR ESCOLAR CURSO 23-24

Estimadas familias:

Os informamos de que la Comunidad de Madrid, ha lanzado un nuevo programa de becas denominado “Becas para comedor escolar para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid”.

A partir de 2023 la mencionada ayuda se va a tramitar como una beca de concesión directa y, de esta forma, la tramitación de la ayuda va a suponer algunos cambios, especialmente su modo de presentación:

Plazo de solicitud: del 8 de junio al 28 de junio. Debido al volumen de solicitantes de la nueva beca de comedor para el curso 2023-24 y con objeto de atender toda la demanda real que debe tener esta beca, la Consejería de Educación ha procedido a ampliar el plazo de presentación de solicitudes de esta nueva beca hasta el 7 de julio incluido.

Aquellos alumnos/as que se incorporen en el mes de septiembre, desde fuera del sistema educativo de Madrid a una plaza escolar de nuestra Comunidad, podrán solicitar beca en una convocatoria que tendrá lugar en marzo de 2024 y que tendrá efecto retroactivo desde el mes de septiembre de 2023.

Las familias deberán solicitar esta beca directamente a través del portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid.org) en la dirección electrónica sede.comunidad.madrid https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-comedor-escolar-2023-2024

Asimismo, se podrá hacer presencialmente en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros, que pueden consultar a través del siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/informacion-atencion-ciudadano/cita-previa-oficinas-registro-atencion-ciudadano

El colegio colaborará en la presentación de las solicitudes de aquellos alumnos que no puedan tramitar la solicitud a través de los procedimientos anteriores durante los plazos de solicitud establecidos.

Requisitos de los alumnos y documentación necesaria para la solicitud de plaza:

  • Los alumnos deberán pertenecer a familias que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
  • Familia beneficiaria de la Renta Mínima de Inserción.
  • Familia a la que se le ha extinguido la Renta Mínima de Inserción por ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital.
  • Familia beneficiaria de la prestación del Ingreso Mínimo Vital con una renta per cápita inferior a 4.260 euros del ejercicio 2021 y que no se encuentre en el apartado anterior.
  • Familia con una renta per cápita inferior a 4.260 euros del ejercicio económico 2021.
  • Familia con algún miembro de la unidad familiar víctima del terrorismo o víctima de violencia de género. En caso de víctima del terrorismo, se considera víctima del terrorismo cuando como consecuencia de un acto terrorista, se deriven daños personales de especial trascendencia o que incapaciten totalmente para el trabajo habitual.
  • Familia con algún miembro de la unidad familiar perteneciente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con destino en la Comunidad de Madrid.
  • Alumno en situación de acogimiento familiar (acogimiento familiar temporal, acogimiento familiar permanente o acogimiento familiar pre adoptivo).
  • Alumnos escolarizados de oficio en centros privados sostenidos con fondos públicos que hagan uso del transporte escolar.
  • Familia con algún miembro de la unidad familiar beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades.
  • Familia con algún miembro de la unidad familiar beneficiario de protección temporal por afluencia masiva de personas (conflicto Ucrania).

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  • Pasaporte (sólo extranjeros sin NIE).
  • Libro de Familia completo, certificado del Registro Civil o partida de nacimiento.
  • Certificado médico fecha probable de parto (presentación obligatoria si hijo no nacido), en su caso.
  • Información de empadronamiento familiar de municipio distinto al de Madrid, en su caso.
  • Sentencia de divorcio, demanda de separación, certificado de defunción, en su caso.
  • Convenio regulador o sentencia de relaciones paterno filiales, en su caso.
  • Certificado de discapacidad expedido por otra Comunidad Autónoma distinta de la Comunidad de Madrid, en su caso.
  • En función de la modalidad de beca deberá aportar el documento que corresponda:
  • Documentación acreditativa de víctima por violencia de género.
  • Documentación acreditativa de víctima del terrorismo.
  • Documentación acreditativa de protección internacional.
  • Documentación acreditativa de protección temporal (conflicto Ucrania).
  • Documentación acreditativa de situación de acogimiento familiar.
  • Documentación acreditativa de extinción de la Renta Mínima de Inserción por ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.

Aquellas familias que hayan solicitado beca en junio por un colegio y que, por alguna circunstancia cambien la matrícula a otro colegio en septiembre, tendrán la posibilidad de trasladar esa beca de un colegio a otro

Aquellas personas que por imposibilidad técnica no puedan hacerlo de manera telemática podrán realizarla presencialmente de lunes a viernes en horario de 9 a 11 horas, previa reserva de cita, https://colegio-lourdes.reservio.com.